lunes, 31 de mayo de 2010

PARTIDO MILITANTE

DEFINICION DE MILITANTE.......

militante viene de una palabra que significa soldado. Es el que adopta una postura de auténtico soldado de la Causa. Esto es importante tenerlo en cuenta, a diferencia del que se considera un simple simpatizante, el militante a la fuerza tiene que meterse, casi siempre, en alguna organización. Pero, a veces, ha habido gente que ha actuado por su cuenta, muy por libre; a veces, han conseguido cosas eficaces como verdaderos guerrilleros individuales. Pero es que hasta las guerrillas, normalmente, suelen hacerse en grupo, y, verdaderamente, las de los movimientos nacionales son más bien guerrillas que auténticos ejércitos. El individuo aislado ni siquiera es un guerrillero es casi un francotirador, es un elemento que puede hacer poco.

CODIGOS DE ETICA

PRI


Capítulo I Disposiciones GeneralesARTÍCULO 1. El presente Código de Ética Partidaria es de observancia general para los militantes y dirigentes del Partido Revolucionario Institucional. Por otra parte tiene por objeto el establecimiento de las bases y principios que deberán regir entre los militantes y los dirigentes del Partido que desempeñen cargos de elección popular o sean servidores públicos en los poderes del Estado.ARTÍCULO 2. La aplicación del presente Código corresponde a la Comisión de Honor y Justicia, a la Fiscalía y Tribunales de Ética Partidaria y a la Defensoría de Derechos de los Militantes, en sus respectivas competencias.ARTÍCULO 3. El Partido Revolucionario Institucional tiene como fin, de acuerdo con lo prescrito por el Artículo 41 Constitucional, promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postula. En el cumplimiento de su fin, el Partido compromete a sus militantes a cumplir con los Documentos Básicos y las Plataformas Electorales que el voto popular convierte en Programa de Gobierno.


PAN

Este Código deberá ser asumido como un auténtico compromiso personal por todos losservidores públicos de elección postulados por el Partido Acción Nacional, ya sean delPoder Ejecutivo o Legislativo, de los tres órdenes de gobierno, así como por los militantesdel PAN que sean servidores públicos designados en cualquier dependencia federal,estatal o municipal.2. Los servidores públicos cumplirán el presente Código en el desempeño de su cargo y lodifundirán entre el equipo de sus colaboradores.3. Este código será un instrumento de evaluación del comportamiento del funcionario en eldesempeño de su cargo, está vinculado con los Estatutos y Reglamentos del Partido y encaso de incumplimiento se procederá de conformidad con lo establecido en ellos.4. Los servidores públicos ejercerán sus deberes con estricta observancia de las disposicioneslegales aplicables y respetando el Estado de Derecho. El partido coadyuvará, en lo que lecorresponda, para la aplicación de las sanciones que se señalen en la normatividadrespectiva.

jueves, 27 de mayo de 2010









MAYOR REPRESENTANTE DEL PR
CIRO PEREZ SILVA, FABIOLA MARTINEZ
Ampliar la imagen Jesús Murillo y Beatriz Paredes celebran su triunfo en la lucha por dirigir al PRI Foto: Jesús Villaseca
En el proceso de elección de su nueva dirigencia nacional, la democracia le volvió a quedar grande al PRI.
Aun cuando los resultados fueron abrumadoramente favorables a la fórmula que integran Beatriz Paredes y Jesús Murillo Karam -en una proporción de por lo menos dos votos contra uno sobre el equipo de Enrique Jackson y Sara Latife Ruiz Chávez-, los militantes del tricolor fueron incapaces de conjurar las mismas prácticas que por décadas utilizaron para afianzarse en el
poder.
Denuncias de un padrón "rasurado", clonación de credenciales de elector de al menos 15 consejeros en el Distrito Federal, la creación de la figura de "subconsejeros" habilitados de último minuto para sumarse a la cargada, gastos excesivos en campañas y la línea en favor de una de las fórmulas fueron el epílogo de un proceso que pretendía exorcizar los demonios del pasado.



PARTIDO DE PAN
El Partido Acción Nacional, conocido por el acrónimo PAN, es el partido político que actualmente ocupa el gobierno en México. Los miembros de este partido se denominan panistas.
El PAN es un partido político de
centro-derecha. Así mismo el PAN se auto-denomina "humanista".
Su presidente
César Nava Vázquez, y José González Morfín ocupa la Secretaría General. Su estructura se basa en la formación de cuadros políticos y cuenta con un extenso cuerpo normativo que determina su vida institucional.
Fundado en 1939, el PAN fue durante
siglo XX, el principal partido opositor en México, situación que cambió al gobernar varios estados desde 1989 y a nivel federal con la integración de un bloque opositor en la LVII Legislatura en 1997 y con el triunfo de Vicente Fox Quesada a la Presidencia de la República con la Alianza por el Cambio en el año 2000.
El resultado de la elección federal del 2 de julio de
2006 fue controvertido. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró por unanimidad al candidato Felipe Calderón Hinojosa, presidente electo. Tomó posesión el 1 de diciembre del 20Unión. El PAN se ubicó como el partido con mayor número de diputados Federales y Senadore

DIRIGENTE DEL PARTID
CIUDAD DE MÉXICO (Quien.com) — El dirigente nacional del Partido Acción Nacional, César Nava, contraerá matrimonio con la ex integrante del grupo Jeans, Patricia Sirvent, quien participó en la Campaña de Afiliación panista en noviembre pasado.
En la oficina del líder panista dijeron a CNNMéxico que no harían comentario sobre la vida privada de Nav

DIRIGENTE









CONVERGENCIA
Convergencia (hasta el
2002, Convergencia por la Democracia) es un partido político mexicano, fundado como tal en 1999 por miembros de la sociedad civil y antiguos miembros del PRI y otras fuerzas políticas.
Convergencia se define a sí mismo como un partido
socialdemócrata.
Convergencia por la Democracia solicitó su soliregistro como Agrupación Política Nacional en 1996. Le fue otorgado en enero de 1997
El 5 de diciembre de 1998, Convergencia por la Democracia efectuó su
Asamblea Nacional Constitutiva como partido político Nacional. El 1° de agosto de 1999, el Instituto Federal Electoral (IFE) notificó a la dirigencia de Convergencia que contaba formalmente con registro y con la personalidad jurídica de Partido Político Nacional.
La primera dirigencia del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Convergencia fue encabezada por el Lic.
Dante Delgado Rannauro (1999-2002), a quien acompañó en la Secretaría General del partido el Lic. Enrique Herrera Bruqueta hasta el año 2001.
Convergencia suscribe los valores y los principios de la socialdemocracia renovada: la igualdad y la equidad, la protección de los débiles, la libertad como autonomía, ningún derecho sin responsabilidad, ninguna autoridad sin democracia, el pluralismo y la defensa de los derechos fundamentales del ser humano, entre otros. Reconoce, además, la necesidad de respetar la libertad individual y la elección personal, pugnando en todo momento por una justicia social para todos los que habitamos este país.
Para Convergencia, la socialdemocracia hoy representa una orientación política que acepta el sistema de libre mercado como la mejor manera de organizar la producción de bienes y servicios requeridos para la satisfacción de necesidades materiales, pero al mismo tiempo tiene como objetivo fundamental la intervención del Estado para asegurar que los beneficios y dividendos sean producidos y distribuidos de una manera que se asegure una vida cabal y plena para toda la sociedad.

PRD


El Partido de la Revolución Democrática o PRD es un partido político mexicano, fundado el 5 de mayo de 1989, con una ideología política de izquierda, es considerada la tercera fuerza política de ese país. Los militantes de este partido se conocen popularmente como perredistas. Partido miembro del Frente Amplio Progresista.
En
2007, los políticos afiliados al PRD gobiernan en los estados de Baja California Sur, Chiapas, Zacatecas, Michoacán, Guerrero y la capital de la República, el Distrito Federal. También ha encabezado el gobierno de Tlaxcala. En 2006 oficialmente pierden las elecciones a la presidencia de México, a la cual el partido reclama que el triunfo fue impedido por un fraude electoral.
El partido cuenta con una presencia en algunas zonas del sur del país. Además de los estados que gobierna, tiene fuerza en
Tabasco, Morelos, Tlaxcala, el Estado de México, Veracruz, Quintana Roo, Oaxaca , Hidalgo y Veracruz. Es especialmente débil en el norte del país y en algunos estados de esa región prácticamente no tiene presencia, salvo tres estados: Nayarit, Zacatecas y Baja California Sur.
El PRD nace como una coalición de diversos partidos políticos de izquierda, antes de ser bautizado como PRD, su origen es el Partido Mexicano Socialista (PMS) que nace de la fusión de 6 fuerzas políticas de Izquierda a nivel Nacional: Partido Mexicano de los Trabajadores (PMT), Partido Socialista Unificado de México (PSUM), Partido Popular Revolucionario (PPR), Movimiento Revolucionario del Pueblo (MRP), Unión de la Izquierda Comunista (UIC) y el MAUS; más adelante se unen a la fusión una parte de la militancia del Partido Socialista de los Trabajadores (PST). Su principal líder fue el Ingeniero Heberto Castillo Martínez



REPRESENTANTECuauhtémoc Lázaro Cárdenas Solórzano (Ciudad de México, 1 de mayo de 1934) es un político mexicano, fundador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) es considerado líder moral del PRD y en amplios sectores de la población, se le ubica como el patriarca de ese partido político y tres veces candidato a la Presidencia de México. En 1997, se convirtió en el primer Jefe de Gobierno del Distrito Federal electo por votación democrática en la historia del país. Fue Coordinador de los festejos del Bicentenario de la Independiencia y Centenario de la Revolución Mexicana, ambos a conmemorarse en 2010, puesto que ostentó desde el 19 de junio de 2006 hasta el 8 de noviembre del mismo año, fecha en que presentó su renuncia al cargo [1]
El Partido del Trabajo (PT) es un partido político mexicano fundado el 8 de diciembre de 1990. En la legislatura actual, el PT cuenta con 13 curules en la Cámara de Diputados, y 5 en el Senado. Es un partido de izquierda y cuenta con el apoyo de diversos sectores populares. Su dirigencia es colectiva, es actualmente miembro del Frente Amplio Progresista


Convergencia por la Democracia solicitó su soliregistro como Agrupación Política Nacional en 1996. Le fue otorgado en enero de 1997
El 5 de diciembre de 1998, Convergencia por la Democracia efectuó su Asamblea Nacional Constitutiva como partido político Nacional. El 1° de agosto de 1999, el Instituto Federal Electoral (IFE) notificó a la dirigencia de Convergencia que contaba formalmente con registro y con la personalidad jurídica de Partido Político Nacional.
La primera dirigencia del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Convergencia fue encabezada por el Lic. Dante Delgado Rannauro (1999-2002), a quien acompañó en la Secretaría General del partido el Lic. Enrique Herrera Bruqueta hasta el año 2001.
Convergencia suscribe los valores y los principios de la socialdemocracia renovada: la igualdad y la equidad, la protección de los débiles, la libertad como autonomía, ningún derecho sin responsabilidad, ninguna autoridad sin democracia, el pluralismo y la defensa de los derechos fundamentales del ser humano, entre otros. Reconoce, además, la necesidad de respetar la libertad individual y la elección personal, pugnando en todo momento por una justicia social para todos los que habitamos este país.
Para Convergencia, la socialdemocracia hoy representa una orientación política que acepta el sistema de libre mercado como la mejor manera de organizar la producción de bienes y servicios requeridos para la satisfacción de necesidades materiales, pero al mismo tiempo tiene como objetivo fundamental la intervención del Estado para asegurar que los beneficios y dividendos sean producidos y distribuidos de una manera que se asegure una vida cabal y plena para toda la sociedad.



NUEVA ALIANZA



Su creación fue propuesta por el Sindicato Nacional de Trabajadores de Educación (SNTE), el mayor sindicato de América Latina por el número de agremiados y que es liderado por Elba Esther Gordillo, aunque ella ha negado en repetidas ocasiones haber participado en la formación del partido, ya que pertenecía al Partido Revolucionario Institucional hasta el pasado el 13 de julio de 2006 en que fue expulsada del mismo.
El nuevo partido fue creado el
30 de enero de 2005, después de tres años de que el SNTE creó la Asociación Ciudadana del Magisterio (ACM), un grupo político reconocido por el Instituto Federal Electoral desde agosto de 2002. La creación de este partido por el SNTE, un grupo que había apoyado tradicional e incondicionalmente al PRI en cada elección, causó acusaciones de traición hacia Gordillo.


En Nueva Alianza hemos llevado a cabo un profundo ejercicio de reflexión y de asimilación de resultados. En ellos encontramos crecimientos alentadores para seguir trabajando en el mismo camino, áreas de oportunidad y mejora, que nos obligan a redoblar el paso. El reto más importante, quizá, es responderle a la ciudadanía que confió en nosotros con su voto y que espera resultados en el corto plazo. Estoy seguro que lo haremos puntualmente. Son muchos los problemas que enfrenta el país. Problemas que preocupan día a día a madres de familia, a jóvenes que buscan una oportunidad para continuar sus estudios; a los empresarios; a los niños que viven atemorizados por la inseguridad o se enfrentan a la pobreza extrema; a los profesionistas que ven cerradas las puertas del mercado laboral, los adultos mayores y, en general, a todos los mexicanos. Atender estas preocupaciones y resolver estos problemas es, ante todo, obligación y compromiso de quienes tenemos una responsabilidad pública. El 2010 nos está esperando con ese gran reto. Los que representamos a Nueva Alianza estamos preparados. Por ello, hoy puedo llevarles un mensaje esperanzador. Puedo afirmar que éste será un año de logros para Nueva Alianza; un año de logros para México y los mexicanos.



















































lunes, 24 de mayo de 2010

Partido Revolucionario Institucional [editar] historia.......
"Solamente iniciando un retorno a la época heroica e idealista de la revo­lución, en el sentido de sobreponer los intereses colectivos a los mezquinos intereses individuales, podremos afrontar las crisis políticas y de cualquiera otra índole que traten de provocar los eternos enemigos del proceso…"[8]
La estabilidad lograda hasta entonces iba de la mano con el predominio del PRI (que sustituyó al PRM en 1946), sometido a fuertes presiones y exigencias para la preservación y conquista de los espacios de poder público. Además, el PRI enfrentaba el cambio generacional obligado por el envejecimiento de los militantes formados en la lucha revolucionaria, para abrir el paso al poder a civiles con educación universitaria.
Con el PRI en el gobierno y su compromiso con el destino democrático del país, fue posible superar las tentaciones hacia los autoritarismos de izquierda y de derecha que aparecieron en el entorno de la Segunda Guerra Mundial y, posteriormente, de la Guerra Fría.
México se ponía al día con las tendencias en la participación democrática del mundo; en 1947 al reconocer el voto de la mujer en las elecciones municipales y en 1953 el derecho de votar y ser votada en cualquier elección.



info,relevante

El sistema de partidos y la afirmación de la pluralidad política tienen su impulso definitivo con la reforma electoral de 1977. A partir de entonces se encauza la resistencia política por la legalidad y los partidos son reconocidos en la Constitución como entidades de interés público.
La iniciativa priísta tuvo lugar con una oposición que parecía diluirse cuando en 1976 el candidato postulado por el partido no enfrentó adversario alguno para la elección presidencial, con serio riesgo para su legitimidad.
La propuesta fue aprobada cuando el viraje hacia las dictadu­ras de derecha se encontraban en pleno auge en el sur del continente, con sus dramáticos saldos de re­presión y violación de los derechos humanos. En un marco que llamaba al autoritarismo en Latinoamérica, México abrazaba la democracia.
El PRI conciliaba voluntades diversas en el trayecto hacia una democracia plural y competitiva, a través de grandes transformaciones en el sistema electoral; fundamentalmente, en torno a las normas para la organización de las votaciones, las características de la institución encargada de ello, el sistema para la calificación de los comicios y la regulación de los partidos como entidades de interés público, con una vida institucional fortalecida legalmente.
Frente a la crisis electoral de 1988, en la que actuaban fracciones desprendidas del partido, el PRI supo entender nuevamente la necesidad de ajustes. En 1989 se inició un ciclo positivo de reformas electorales hacia la competencia política que culminaron en 1996; este ciclo implicó la creación de instituciones y procedimientos que profesionalizaron y otorgaron autonomía a la organización de los comicios, con un cuerpo jurisdiccional para la calificación electoral, y lograron construir bases de equidad entre los partidos políticos en la competencia por el poder público.
En efecto, el PRI logró una permanencia como partido en el gobierno que continuó más allá de lo alcanzado por otros partidos en regímenes democráticos, pero el balance de su gestión es también único si se ubica en el punto de partida de una democracia incipiente, con antecedentes de inestabilidad y fracturas, cercana todavía a los enfrentamientos propios del caudillismo de la etapa revolucionaria y con gran influencia o dependiente de quienes tenían mando de fuerzas armadas.
El punto de partida fue difícil; no menos fue el camino subsecuente, surcado por amenazas y riesgos de distintas fracturas. Con el PRI en el poder, el país registró un comportamiento en línea ascendente hacia la democracia; los desaciertos y equívocos de quienes ejercieron responsabilidades públicas han estado sujetos a revisión en los términos de las leyes y han respondido por ello.


dirigentes
México, DF. La dirigente nacional del PRI, Beatriz Paredes, destacó la importancia de que la política no polarice a los poblanos en los comicios del 4 de julio en donde no sólo anticipó el triunfo de su candidato a la gubernatura sino de la capital poblana, como ocurrió en Mérida.
De gira por el estado en apoyo a su abanderado al gobierno de la entidad, Javier López Zavala, Paredes sostuvo que alcanzar el triunfo electoral en el municipio de Puebla es crucial para garantizar y consolidar la victoria en el estado.
En un comunicado, aseguró que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) viene con una racha ganadora, que empezó este año con el triunfo electoral en Mérida, en donde no obtenía un triunfo desde 1991.

q'ue es un partido politico??????


Un partido político es el encargado de reclutar candidatos para ocupar los cargos gubernamentales y los cargos legislativos. Para eso, movilizan el apoyo electoral. También organizan la labor legislativa, articulan y agregan nuevos intereses y preferencias de los ciudadanos.[1] Es esencial para estructurar el apoyo político a determinados programas, intereses socioeconómicos y valores. Agrega las preferencias de los ciudadanos, forma gobiernos y establece acuerdos políticos en el ámbito legislativo.[2]

jueves, 20 de mayo de 2010

proceso para ser presidente

Los poderes del Presidente de México están establecidos, limitados y enumerados por el artículo 89 de la Constitución:
Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia;
Nombrar y remover libremente a los
secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;
Nombrar los Ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado;
Nombrar, con aprobación del Senado, los coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales y los empleados superiores de Hacienda;
Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales con arreglo a las leyes;

Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación;
Disponer de la Guardia Nacional para los mismos objetos, en los términos que previene la fracción IV del artículo 76;
Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos previa ley del Congreso de la Unión;
Designar, con ratificación del Senado, al Procurador General de la República
Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos; la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;
Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión Permanente;
Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones;
Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas y designar su ubicación;
Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden común en el Distrito Federal;
Conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado, con arreglo a la ley respectiva, a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria;
Cuando el Senado no esté en sesiones, el Presidente de la República podrá hacer los nombramientos de que hablan las fracciones III, IV y IX, con aprobación de la Comisión
Permanente;
Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de
Ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado;
Las demás que le confiere expresamente esta Constitución.
Sucesión [
editar]
De acuerdo con el primer párrafo del artículo 84 de la Constitución de 1917, si la falta absoluta del presidente se produjera durante los primeros dos años del período respectivo, si el
Congreso estuviere en sesiones, entra en funciones de Colegio Electoral y designa a un interino, pero si no, la Comisión Permanente nombra un provisional que llama al Congreso a sesiones extraordinarias para elegir al presidente interino, que a su vez, debe convocar a elecciones populares dentro de catorce o dieciocho meses.
El segundo párrafo establece que si la falta ocurriese en los últimos cuatro años, se procede como disponga el artículo anterior, pero ya no se convocan elecciones populares.
Si el presidente no se presenta a tomar posesión el
1 de diciembre el Congreso elige un interino, lo mismo sucede si el presidente pide licencia.

obligaciones politicoas y eletorales de los ciudadanos mexicanos

I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación primaria y secundaria, y reciban la militar, en los términos que establezca la ley;

II. Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadanos, diestros en el manejo de las armas y conocedores de la disciplina militar;

III. Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden interior; y

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes

derechos politucos y electorales de los ciudadanos

ELEMENTOS DEL DERECHO ELECTORAL

1. El derecho electoral es parte del derecho político y parte del derecho como ciencia. El derecho electoral es parte del derecho político; y el derecho político o público forma parte del derecho en general que comprende también el derecho entre iguales y entre desiguales.

2. El derecho electoral se manifiesta mediante un sistema de valores y principios trascendentes en el tiempo y en el espacio. El derecho electoral no se limita a las normas jurídicas, sino que se constituye además por valores y principios que perduran en el tiempo y en el espacio.

3. El derecho electoral es un sistema de doctrina jurídica de conocimientos sistematizados. El derecho electoral se constituye por la doctrina jurídica, misma que puede clasificarse en conocimientos jurídicos científicos y en no científicos. Muchos conocimientos jurídicos electorales, con carácter de científicos, no han sido plasmados en la legislación y también muchos conocimientos inadecuados con carácter de no científicos, si figuran en algunas legislaciones electorales, ocasionando con ello un perjuicio a todos los ciudadanos y a las organizaciones políticas. El derecho electoral es un conjunto de conocimientos jurídicos sistematizados; ya que se debe considerar la experiencia acumulada por el ser humano a través de la historia, en relación a la elección de los conductores de la organización política. Todo el saber sobre la materia electoral es contenido del derecho electoral.

4. El derecho electoral se manifiesta por la legislación. La legislación es el conjunto de leyes por las que se gobierna un Estado, es ciencia de las leyes. La legislación electoral puede clasificarse en legislación escrita y en legislación no escrita, la legislación no escrita ha sido llamada derecho consuetudinario y está constituida por normas jurídicas no escritas que se transfieren de generación en generación en el contexto de algunas organizaciones políticas. La legislación electoral también puede clasificarse en legislación constitucional y en legislación reglamentaria; así como en legislación electoral vigente y legislación electoral no vigente.

5. El derecho electoral se manifiesta mediante la jurisprudencia. La jurisprudencia en materia electoral se puede constituir en tribunales generales y en tribunales especializados en materia electoral. En México la jurisprudencia electoral está prevista y autorizada en los artículos 232 a 235 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se constituye la jurisprudencia electoral con motivo de la interpretación, complementación, integración y aplicación de la legislación electoral vigente.

6. El derecho electoral es un conjunto de resoluciones jurisdiccionales. La resolución jurisdiccional que ha causado ejecutoria es norma jurídica y por lo tanto es coercible y externa, debe ejecutarse para salvaguardar el orden jurídico establecido. Las resoluciones electorales se clasifican en resoluciones interlocutorias y en resoluciones de fondo. Las interlocutorias son la resoluciones de trámite procesal muy importantes ya que en ellas deben observarse rigurosamente las normas jurídicas aplicables. Las resoluciones de fondo están constituidas por las sentencias o resoluciones en estricto sentido que resuelven el fondo de un asunto.

7. El derecho electoral se presenta también como conjunto de normas jurídicas. Norma jurídica es la legislación vigente, la jurisprudencia obligatoria y la resolución jurisdiccional que ha causado estado.

8. El derecho electoral regula y armoniza las relaciones humanas y su entorno natural. Entre el gran cúmulo de las relaciones humanas el derecho electoral comprende fundamentalmente las relaciones entre gobernantes y gobernados en cuanto a la elección y designación de los primeros, así como su remoción correspondiente. El derecho no se agota sólo en regular y armonizar las relaciones entre los seres humanos, también comprende la propia vinculación de los seres humanos con su entorno natural; no es posible la vida del ser humano con independencia a la naturaleza en que habita; ya que entre el ser humano y su entorno natural hay relaciones que tienen que regularse para evitar el desequilibrio ecológico y con ello la propia destrucción humana.

9. El derecho electoral regula las relaciones humanas con motivo de la elección, designación y remoción de los representantes, mandatarios y servidores públicos. La elección de los mejores conductores de la organización política constituye el primer factor para lograr la armonía social, pero no basta la elección, es necesario prever todos los efectos de la elección entre los cuales figura la designación de los servidores públicos y la remoción tanto de los conductores o representantes políticos como de los servidores públicos.

10. El fin del derecho es realizar la justicia y la seguridad jurídica. El fin del derecho electoral es realizar la justicia y la seguridad jurídica como valores generales del derecho aplicables a todas y cada una de sus ramas. La realización de la justicia y seguridad jurídica en materia electoral genera la realización de estos valores en todas las áreas de la organización política. Justicia es el proceso espontáneo o institucional mediante el cual se otorga a cada quien lo que le corresponde de conformidad a sus méritos, obras, capacidades, necesidades y conducta. La seguridad jurídica es la certidumbre de que el Estado como organización política protege la conducta congruente con el orden jurídico establecido y reprueba la contraria al orden señalado.

lunes, 17 de mayo de 2010

PRESIDENTE MUNICIPAL
(REGLAMENTO INTERIOR DEL H. AYUNTAMIENTO
DEL MUNICIPIO DE MAZATLAN, SINALOA.)
ARTICULO 30. El Presidente Municipal es el Representante Legal del Ayuntamiento y el
encargado de ejecutar sus resoluciones.
ARTICULO 31. Para ser Presidente Municipal se requiere:
I. Ser Ciudadano mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos.
II. Ser originario de la Municipalidad de Mazatlán o estar avecindando en ella por lo menos 3 años
antes de su elección.
III. Carecer de empleo, cargo o comisión del Gobierno Federal, Estatal o Municipal y no ser
Director o equivalente de sus organismos públicos paraestatales, por lo menos noventa
días antes de la elección.
IV. Satisfacer los demás requisitos que establezca la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
ARTICULO 32. Son facultades y obligaciones del Presidente Municipal de Mazatlán, las siguientes:
I. Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución
Política del Estado de Sinaloa, la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, los
Reglamentos, las Resoluciones del Ayuntamiento de Mazatlán y los Bandos
Municipales. (Reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa, de fecha
23 de Diciembre del 2002).
II. Presidir las sesiones y dirigir los debates del Ayuntamiento tomando parte en las deliberaciones
con voz y voto.
III. Firmar los acuerdos y demás resoluciones, promover de lo necesario para su observancia, y
aplicar las disposiciones de este Reglamento.
IV. Presidir la Comisión de Gobernación y en su ausencia por quien asuma las funciones de
acuerdo a las disposiciones de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa.
(Reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa, de fecha 23 de
Diciembre del 2002).
V. Cuidar del buen orden y operatividad de los servicios municipales.
VI. Organizar, dirigir y controlar a los servidores públicos encargados de la administración
municipal, corregir oportunamente las faltas y enterar a las autoridades
correspondientes aquellos actos que puedan constituir un delito.
VII. Proponer al Ayuntamiento los nombramientos del Secretario y del Tesorero, así como la
remoción de los mismos, en su caso.
VIII. Tener bajo su mando al personal de seguridad pública y tránsito municipal, salvo lo dispuesto
en el Artículo 65 Fracción III, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
IX. Vigilar que se integren y funcionen las unidades administrativas, los consejos de colaboración y
las distintas comisiones municipales.
X. Vigilar el funcionamiento de las dependencias encargadas de la prestación de los servicios
públicos municipales de su competencia, a fin de que cumplan con sus actividades
específicas.
XI. Representar al Ayuntamiento, previa aprobación de éste, en la celebración de actos y contratos
necesarios para el buen desempeño de las funciones administrativas y la eficaz
prestación de los servicios públicos del municipio, salvo en aquellos cuya celebración
corresponda exclusivamente al Ayuntamiento.
XII. Representar al Municipio en todos los actos oficiales, o delegar esa representación.
XIII. Recibir herencias, legados o donaciones que se hagan al municipio, previo acuerdo del
Ayuntamiento.
XIV. Gestionar y tramitar ante la autoridad competente, los asuntos relativos al municipio.
XV. Visitar por lo menos 2 veces al año a los centros de población para conocer sus problemas y
auxiliar en su resolución.
XVI. Garantizar, con el apoyo de la fuerza pública, respecto a las garantías individuales y la
conservación del orden público.
XVII. Ordenar la publicación de reglamentos y demás disposiciones de observancia general
concernientes al municipio.
XVIII. Publicar en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" del Gobierno del Estado, el Bando de
Policía y Buen Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia
general.
XIX. Vigilar que sean respetadas las jurisdicciones que se deriven de la división territorial
municipal.
XX. Prevenir y combatir la práctica de juegos prohibidos, de acuerdo con la ley de la materia.
XXI. Expedir licencias para el funcionamiento de comercios, espectáculos y actividades recreativas.
XXII. Dirigir y supervisar el cumplimiento del Plan Municipal de Desarrollo, en los términos de la
Ley.
XXIII. Sancionar las infracciones que se cometan a las disposiciones municipales.
XXIV. Vigilar la recaudación en todas las ramas de la Hacienda Pública Municipal, cuidando que la
intervención de los fondos municipales se haga en estricto apego al presupuesto y a las
leyes correspondientes.
XXV. Autorizar la documentación de compra-venta de ganado y las licencias correspondientes al
degüello.
XXVI. Someter a la aprobación del Ayuntamiento el presupuesto anual de egresos.
XXVII. Cuidar del buen estado y mejoramiento de los bienes de aprovechamiento común,
destinados al servicio público y de aquellos propiedad del municipio.
XXVIII. Imponer las multas correspondientes a los infractores de los Reglamentos Municipales y del
Bando de Policía y Buen Gobierno, o bien, conmutar tales multas por el arresto
correspondiente que nunca podrá exceder del término de 36 horas. En caso de que el
infractor fuese jornalero, obrero o trabajador, la multa no podrá ser mayor al importe de
un día de salario. Si se trata de un trabajador no asalariado, la multa no excederá al
equivalente de un día de su ingreso. Estas facultades podrán ser delegadas.
XXIX. Requerir en casos especiales, el apoyo del Ejecutivo del Estado en cuanto a la intervención
de la Policía Judicial del Estado.
XXX. Proporcionar a las autoridades judiciales el apoyo que soliciten respecto a aprehensiones
correspondientes y a la ejecución de sus mandatos.
XXXI. Ofrecer auxilio a los padres de familia o tutores en la corrección de sus hijos o incapacitados,
respectivamente.
XXXII. Auxiliar a las autoridades federales y estatales en el ejercicio de sus funciones.
XXXIII. Colaborar con las autoridades federales en materia de culto religioso o disciplina externa,
según lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
XXXIV. Atender a conscripción militar nacional en su jurisdicción, apoyando a las autoridades
conforme a la ley relativa.
XXXV. Representar jurídicamente al Ayuntamiento en los litigios en que forme parte.
XXXVI. Convocar al Ayuntamiento a sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo con lo que
establece la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa y el presente
Reglamento. (Reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa, de fecha
23 de Diciembre del 2002).
XXXVII. Rendir un Informe pormenorizado de su gestión ante el Cabildo reunido en sesión solemne
y a la población municipal, el día 15 de Diciembre de cada año. Enviar copia de este
informe al Ejecutivo y al Congreso del Estado.
XXXVIII. Emitir las observaciones que considere a los acuerdos tomados por el Ayuntamiento. En
caso de que éstos sean ratificados, cumplirlos debidamente e informar de su ejecución.
XXXIX. Tomar la protesta de rigor al personal que labora al servicio del Ayuntamiento.
XL. Ejercer las atribuciones que le confieren las leyes federales o locales.
XLI. Comunicar a la Secretaría del Ayuntamiento, cuando pretenda ausentarse del Municipio por
más de 14 horas y menos de 10 días. Durante su ausencia, asumirá sus funciones el
Secretario del Ayuntamiento con su carácter de Encargado del Despacho.
XLII. Cuando el Presidente Municipal pretendiere ausentarse por un período mayor a 10 días, solo
podrá separarse del puesto previa licencia concedida por el Ayuntamiento y en este
caso será sustituido por el primer regidor suplente. A falta de éste, los miembros del
Ayuntamiento elegirán entre ellos a un Presidente Municipal Provisional, quien lo
sustituirá como Regidor.
XLIII. Las demás que le confieren las Leyes y Reglamentos aplicables.